El pago del siniestro, una vez que ha sido aprobada su procedencia mediante el respectivo informe de liquidación, será pagado a partir del tercer día hábil siguiente de recibida la notificación por parte del asegurado.
El pago del siniestro, una vez que ha sido aprobada su procedencia mediante el respectivo informe de liquidación, será pagado a partir del tercer día hábil siguiente de recibida la notificación por parte del asegurado.